3 julio 2026
El escenario fiscal para las empresas que atraviesan procesos de reestructuración judicial acaba de actualizarse. Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución General ARCA 5.873, el organismo recaudador sustituyó el régimen especial de facilidades de pago vigente hasta el momento, redefiniendo las reglas de juego para la regularización de deudas.
A continuación, te contamos los puntos clave de esta normativa y qué debés tener en cuenta si tu empresa se encuentra en concurso preventivo o estado falencial.
Esta nueva resolución fija formalmente las formas, plazos y condiciones que deberán seguir los contribuyentes y responsables legales para normalizar sus deudas fiscales.
El objetivo principal es ofrecer un canal previsible y estructurado para que los sujetos que están logrando sanear su situación judicial puedan ponerse al día con el fisco, permitiendo la supervivencia de las organizaciones y la conservación de puestos de trabajo.
El beneficio no es automático; está dirigido estrictamente a dos perfiles corporativos específicos bajo condiciones judiciales particulares:
⚠️ Importante: Es requisito indispensable que la situación judicial esté firmemente resuelta (homologación o avenimiento) para poder aplicar formalmente a este esquema de pagos.
La RG ARCA 5.873 alcanza a un espectro amplio de obligaciones, siempre que cumplan con un criterio temporal: deben haber sido generadas por causa o título anterior a la fecha de presentación en concurso o de la declaración de quiebra.
El plan permite financiar:
La sustitución del régimen anterior busca adaptar las herramientas de financiación a la realidad económica actual, agilizando los procesos administrativos dentro de la nueva estructura de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Para las empresas que buscan dejar atrás el concurso o la quiebra, contar con un plan de facilidades de pago claro es el último paso hacia la regularización total y la reactivación comercial plena.
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