25 junio 2025
La Resolución 823/2025 del Ministerio de Economía establece una reducción en las tasas mensuales aplicables a obligaciones impositivas y aduaneras. Rige desde el 1° de julio.
A través de la Resolución ME 823/2025, publicada en el Boletín Oficial el 25 de junio de 2025, el Ministerio de Economía fijó nuevos valores para las tasas de interés aplicables en materia impositiva y aduanera, que comenzarán a regir a partir del 1° de julio de 2025.
Las nuevas tasas establecidas son:
Estos porcentajes sustituyen los valores anteriores establecidos por la resolución 3/2024 y su modificatoria, y se aplican a los artículos relevantes de la Ley N.º 11.683 (procedimiento tributario) y del Código Aduanero (Ley N.º 22.415).
Las nuevas tasas comenzarán a regir desde el 1° de julio de 2025, inclusive. No obstante, las obligaciones vencidas con anterioridad a dicha fecha seguirán regidas por los regímenes de intereses vigentes durante cada uno de los períodos alcanzados, según se aclara en la propia norma.
Esta modificación se enmarca en las facultades otorgadas al Ministerio de Economía por el artículo 64 de la Ley 27.591, que autoriza al Poder Ejecutivo a actualizar las tasas en función de las condiciones económicas.
La medida tiene como objetivo adecuar el sistema de intereses a la coyuntura actual, buscando equilibrar la carga financiera de los contribuyentes sin desincentivar el cumplimiento voluntario.
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