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18 agosto 2026

Nuevos importes para Autónomos: ARCA oficializó las cuotas a pagar en septiembre

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dio a conocer la actualización de los importes mensuales que deberán ingresar los trabajadores autónomos. Esta modificación impacta directamente en la planificación financiera de miles de contribuyentes independientes.

De acuerdo con la información oficial, las nuevas sumas corresponden al período devengado de agosto, lo que significa que el impacto de este aumento se verá reflejado en los vencimientos que operan durante el mes de septiembre.

Claves de la actualización para Autónomos

  • Período de aplicación: Los nuevos valores rigen para el devengado del mes de agosto.
  • Mes de pago: El vencimiento de estas obligaciones se producirá en septiembre, según el calendario oficial basado en la terminación del CUIT.
  • Alcance: Afecta a todas las categorías de trabajadores autónomos (desde la Categoría I hasta la V, incluyendo regímenes diferenciales y amas de casa).
  • Autoridad de aplicación: ARCA (ex AFIP), organismo encargado de la difusión y recaudación de los aportes.

¿Cómo impacta esto en tu día a día?

El pago de la cuota de autónomos es un aporte obligatorio que garantiza la cobertura de la seguridad social (jubilación) del trabajador independiente. Al actualizarse los topes y bases imponibles, el monto fijo que cada contribuyente abona mensualmente sufre un incremento.

Es fundamental tener en cuenta que el importe exacto dependerá de la categoría en la que te encuentres inscripto, la cual está determinada por tus ingresos brutos y la actividad que desarrolles (dirección, administración, profesionales, comerciantes, etc.).

Recomendaciones para el vencimiento de septiembre:

  1. Verificá tu categoría: Ingresá al portal de ARCA con tu CUIT y Clave Fiscal para confirmar tu categoría actual y el monto exacto a pagar.
  2. Revisá el calendario de vencimientos: Asegurate de tener los fondos disponibles antes de la fecha de corte según la terminación de tu CUIT para evitar intereses resarcitorios.
  3. Débito automático: Si pagás a través de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, verificá contar con el límite o saldo suficiente para cubrir el nuevo importe con el aumento.

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