11 marzo 2026
Hasta hace poco, la falta de respuesta a requerimientos o fiscalizaciones electrónicas podía derivar en una «limitación» de la CUIT, lo que impedía emitir facturas, realizar trámites y operar comercialmente de forma normal.
A partir de su publicación en el Boletín Oficial el 11 de marzo de 2026, se establece lo siguiente:
La limitación de la CUIT era considerada por muchos profesionales como una medida «extrema» que afectaba el derecho a trabajar y comerciar. Con esta modificación, ARCA (ex AFIP) busca un enfoque menos obstructivo, aunque esto no implica que el contribuyente deba ignorar las notificaciones.
Es fundamental entender que la eliminación de la limitación de la CUIT no elimina la obligación de responder. Si recibes un requerimiento electrónico:
La RG 5832 es un paso hacia la desburocratización y la protección de la operatividad del sector privado. Sin embargo, mantener el Domicilio Fiscal Electrónico actualizado y revisar periódicamente las notificaciones sigue siendo la mejor estrategia para evitar dolores de cabeza.
Dato Clave: Esta norma entró en vigencia el 11 de marzo de 2026. Si tenías limitaciones previas bajo este concepto, es un buen momento para revisar el estado de tu CUIT en el portal oficial.

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