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1 junio 2026

Reglamentación del Blanqueo Laboral: Análisis Técnico del Decreto 409/2026 y el Régimen PER

El Poder Ejecutivo Nacional con fecha 01/06/2026, publicó el Decreto 409/2026 en el Boletín Oficial, dando operatividad al nuevo Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER). Una guía exhaustiva sobre la condonación de deudas previsionales de hasta el 100%, los subsistemas incluidos y el impacto en los derechos de los trabajadores.

En el marco del paquete normativo de reformas estructurales publicado el 1 de junio de 2026, el Poder Ejecutivo Nacional ha dado un paso decisivo para la formalización del mercado de trabajo. Con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 409/2026, se dotó de plena operatividad al Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER), contemplado originalmente en el Título XXII de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802.

Esta herramienta extraordinaria faculta a los empleadores del sector privado a regularizar aquellas relaciones laborales vigentes que se encuentren no registradas o que hayan sido deficientemente registradas (tales como la subdeclaración de salarios o la consignación de fechas de ingreso falsas), siempre que hubiesen sido iniciadas con anterioridad a la promulgación de la ley de fondo.

A continuación, analizamos de manera exhaustiva el alcance legal, impositivo y procedimental de este régimen de regularización extraordinario.

1. Condonación Extendida y Amnistía Legal: Beneficios para Empresas

El decreto reglamentario expande de forma notable los beneficios de la norma de base, con el firme propósito de mitigar las contingencias administrativas, previsionales y penales acumuladas por las empresas del sector privado:

  • Ámbito Temporal y Sujetos: Los beneficios del PER aplican de manera directa sobre las obligaciones originadas en aportes, contribuciones y cuotas que se encuentren vencidas hasta el último día, inclusive, del mes en que el empleador formalice la presentación de su solicitud de regularización.
  • Ampliación de Subsistemas Alcanzados: Además de las cajas previsionales básicas de la seguridad social, la condonación de deudas por capital e intereses se extiende formalmente al Régimen de Obras Sociales (Ley N° 23.660), al Sistema de Riesgos del Trabajo (Ley N° 24.557) y al Seguro Colectivo de Vida Obligatorio (SCVO).
  • Exclusión de Regímenes Especiales: Quedan expresamente excluidas de cualquier beneficio de condonación aquellas deudas previsionales que tengan su origen en la falta de ingreso de aportes y contribuciones derivados de alícuotas adicionales previstas para regímenes previsionales diferenciales o especiales de la seguridad social.
  • Extinción de la Acción Penal: La adhesión completa al régimen produce la extinción de la acción penal por los delitos contemplados en el Régimen Penal Tributario (Título IX de la Ley N° 27.430 y sus equivalentes de la Ley N° 24.769), en la medida en que no exista una sentencia firme a la fecha de ingreso al blanqueo y las imputaciones se vinculen estrictamente a las obligaciones regularizadas.
  • Amnistía ante el REPSAL: Se establece la baja automática del empleador del Registro de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) respecto de aquellas infracciones comerciales o laborales que hubieran sido cometidas o constatadas hasta el 6 de marzo de 2026.

2. Escala de Condonación por Tamaño de Empresa (Matriz de Quitas)

La determinación de la deuda previsional pasible de condonación será realizada de forma sistémica por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los porcentajes de quita sobre el capital y los intereses devengados se aplican de manera segmentada de acuerdo con la envergadura y naturaleza jurídica del empleador, beneficiando en mayor grado a las estructuras productivas más chicas:

Categoría de Empleador / Destino de la ObligaciónPorcentaje de CondonaciónRequisito de Acceso Técnico
Micro y Pequeñas Empresas90% de la deuda determinada.Contar con el «Certificado MiPyME» vigente a la fecha de adhesión.
Entidades sin Fines de Lucro90% de la deuda determinada.Estar registradas bajo las formas jurídicas dictadas por la ARCA.
Medianas Empresas (Tramo 1 y Tramo 2)80% de la deuda determinada.Contar con el «Certificado MiPyME» vigente a la fecha de adhesión.
Demás Empleadores (Grandes Empresas)70% de la deuda determinada.Encuadre dentro del régimen general ordinario.
Seguro de Salud (AnSSAL – Ley N° 23.661)100% de condonación.Aplicación general de pleno derecho para toda la nómina.
Riesgos del Trabajo (ART) y SCVO100% de condonación.Aplicación general de pleno derecho para toda la nómina.

3. Opciones de Financiación: Cancelación del Saldo No Condonado

Para consolidar definitivamente los beneficios de la regularización y extinguir el total de las acciones punitivas, el empleador debe cancelar la porción de la deuda previsional que no haya resultado alcanzada por las cuotas de condonación automática. El Decreto 409/2026 faculta dos vías de resolución financiera:

  1. Pago al Contado con Descuento Adicional: En el supuesto de optar por la cancelación en un único pago, la porción de la deuda de capital e intereses devengados que no hubiera sido condonada se verá reducida en un cincuenta por ciento (50%) adicional, bajo las pautas operativas que dicte la ARCA.
  2. Plan de Facilidades de Pago: Los contribuyentes podrán financiar el saldo remanente a través del plan especial de facilidades que implementará la ARCA, el cual se sujetará estrictamente a los parámetros de plazos y tasas financieras fijados en el artículo 172 de la ley de fondo.

4. Derechos Reconocidos al Trabajador Regularizado

Es importante destacar que la regularización del vínculo contractual por parte del empleador no perjudica la historia previsional del dependiente. El decreto determina de manera taxativa que el período incluido en el blanqueo será considerado como tiempo de servicio efectivo y computado a los fines de acreditar:

  1. El mínimo de años de aportes requeridos para la obtención de la Prestación Básica Universal (PBU) contemplada en la Ley N° 24.241.
  2. La condición de aportante regular o irregular con derecho a percibir la Prestación de Retiro Transitorio por Invalidez o la Pensión por Fallecimiento de un afiliado en actividad.
  3. El tiempo de servicio y la duración de las prestaciones por desempleo reguladas por la Ley N° 24.013 y por el régimen especial de la construcción de la Ley N° 25.371.

💡 Metodología de Cálculo de los Haberes Blanqueados > La cuantía de las prestaciones previsionales y de desempleo de los meses regularizados se calculará sobre una base mensual equivalente al Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) vigente a la fecha de adhesión al PER.

La única excepción aplica para las relaciones laborales que hubiesen estado deficientemente registradas en su nivel remunerativo; en dichos supuestos, se tomará como base la remuneración declarada por el empleador si esta resultase mayor al salario mínimo. En todos los casos, resultarán aplicables los límites mínimos y máximos determinados por el artículo 118 de la Ley N° 24.013.

Próximos Pasos e Implementación

El Decreto 409/2026 entra en vigencia a partir del día de hoy, fecha de su publicación oficial. Se aguarda que, en el transcurso de los próximos días, la ARCA habilite los correspondientes servicios interactivos con Clave Fiscal y los planes de financiación específicos para capturar las solicitudes corporativas del mercado.

Se recomienda a las empresas y estudios contables realizar un relevamiento de auditoría interna laboral de manera inmediata para evaluar los costos-beneficios de la adhesión y aprovechar los descuentos adicionales por pago al contado.


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