18 abril 2023
Se establece el procedimiento para la transmisión de la información, consulta e imputación de los Bonos Electrónicos obtenidos por los sujetos adheridos al Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC).
La Subsecretaría de Hidrocarburos de la Secretaría de Energía informará a la AFIP la nómina de los Bonos Electrónicos emitidos, los que serán identificados con el prefijo 710 y con la denominación “Régimen de Incentivos al Abastecimiento Interno de Combustibles (RIAIC) – Resolución No 217/23”.
Los Bonos Electrónicos informados por la citada Subsecretaría solo podrán aplicarse a las sumas que deban abonarse en concepto de los Impuestos sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono establecidos en el Título III de la Ley 23966 -saldos de declaraciones juradas, anticipos e importaciones- con las condiciones establecidas en el artículo 8° de la Resolución SE 217/23.
La presente Resolución General entrará en vigencia el 17 de abril de 2023.
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