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2 enero 2023

Se prorrogan los plazos de la Factura de Crédito Electrónica MIPYMES

Mediante el dictado de la Resolución SIYDP 138/2022 (B.O. 30/12/2022) se establece que, desde el 1° de enero hasta el 28 de febrero de 2023, los plazos para la aceptación, cancelación y rechazo de la “Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs” y su inscripción en el Registro de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” será de VEINTICINCO (25) días corridos.

Se establece que hasta el día 28 de febrero de 2023, el Régimen de “Facturas de Crédito Electrónicas MiPyMEs” no resultará aplicable respecto de los comprobantes originales (factura o recibo) emitidos por una Micro, Pequeña o Mediana Empresa a una “Empresa Grande” que sean cedidos en los términos del Artículo 1618 del Código Civil y Comercial de la Nación antes de ser cancelados, rechazados o aceptados -expresa o tácitamente- por la destinataria de los mismos.

La presente Resolución entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2023. 


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