23 enero 2026
Si sos agente de retención o percepción de Ingresos Brutos bajo el régimen del Convenio Multilateral, esta actualización de calendario es crítica para tu planificación administrativa. Mediante la Disposición (CA) Nº 1/2026, la Comisión Arbitral ha decidido modificar las fechas de vencimiento del sistema SIRCAR para periodos clave del año 2026.
La normativa modifica el calendario originalmente previsto en la Resolución General (CA) Nº 21/2025. Con este cambio, los nuevos plazos para la presentación y pago de las declaraciones juradas operarán a partir del quinto día hábil de cada mes involucrado.
La medida no afecta a todo el año, sino a los anticipos (tanto para la segunda quincena como para el régimen mensual) de los siguientes meses:
Esta disposición es de cumplimiento obligatorio para todos los agentes de retención y percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que operan dentro del Convenio Multilateral y utilizan el sistema SIRCAR para informar sus movimientos.
Dato Clave: La Disposición (CA) Nº 1/2026 fue publicada en el Boletín Oficial el 23 de enero de 2026, entrando en vigencia de manera inmediata para el periodo fiscal en curso.

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