20 febrero 2024
La Resolución General Conjunta MAGyP- AFIP 5236/2022 incorporó al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), un régimen de información respecto de la producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas, y de las existencias de trigo.
Sujetos obligados
Quedan obligados a cumplir el referido régimen informativo los productores cuya actividad – principal o complementaria- sea la obtención de los productos indicados en el párrafo anterior, mediante la
explotación de inmuebles rurales situados en el país, propios o de terceros, cualquiera fuera su modalidad de contratación.
Información a suministrar
La declaración de la producción de granos se efectuará independientemente del destino que se le otorgue a los mismos con posterioridad a la cosecha.
Se debe informar la producción obtenida de los granos detallados en “Anexo IP 4 – Producción I”, expresados en kilogramos y el rendimiento resultante por hectárea.
Procedimiento
Los sujetos obligados, a los fines de cumplir con el régimen de información, deberán ingresar al módulo
“Información Productiva” del servicio “Sistema de Información Simplificado Agrícola – SISA” disponible en el sitio “web” de la AFIP (https://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo y consignar los datos requeridos por el sistema.
Dicha obligación deberá cumplirse aún cuando el sujeto obligado no disponga, al momento de suministrar la información, de existencia de trigo y/o de producción de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- y legumbres secas.
Fecha de presentación
Producción de granos detallados en “Anexo IP 4
– Producción I”: desde el 1° de enero y hasta el último día de febrero, ambos inclusive, del año inmediato siguiente al de inicio de la campaña agrícola cuya producción se declara.
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